martes, 17 de agosto de 2010

No se lo pierdan


Mañana, 18 de agosto del 2010, Rafael Escot, honorable juez de la Quinta Cámara del Crimen de la provincia de Mendoza, dará los fundamentos del fallo por el que cambió la carátula del crimen de Cintia Castillo de HOMICIDIO a LESIONES GRAVISIMAS.

Más allá del efecto inmediato que esto tiene sobre el agresor -quién le disparó provocándole la muerte cerebral quedará libre con esta recalificación del crimen- en Noticias Falsas estamos ansiosos por ver como este juez, quién entendió que la muerte no la produjo el disparo recibido por la víctima sino la posterior ablación de sus órganos, justifica su particular versión de qué es la muerte, cuando se produce y quienes son los encargados de certificarlo.

Revisando la Ley de Trasplantes de Organos y Tejidos (se trata de la ley 24.193 modificada por la ley 26.066) resulta clarísimo que quienes determinan el fallecimiento son los médicos actuantes. En los artículos 23º y 24º de la misma se determina que los firmantes del certificado de defunción deben ser dos médicos de un instituto habilitado a tal efecto -además, uno de ellos debe ser neurólogo o neurocirujano- y que los criterios a seguir son los correspondientes a la muerte neurológica.

Así pues, la condición de muerto está perfectamente definida en la legislación y no hay nada que quede librado a lo que a posteriori evalúe algún juez por lo que lo que esperamos que los dichos de Rafael Escot lo lleven rápidamente al juicio político y a su posterior destitución. Será justicia.



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